Las
boticas y farmacias están obligadas a publicar, en lugar visible, la lista de
precios de los medicamentos que están a la venta, informó la Dirección General
de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), del Ministerio de Salud. El
Código de Protección y Defensa del Consumidor “los
establecimientos farmacéuticos están obligados a consignar de manera fácilmente
perceptible para el consumidor los precios de los productos que venden en los
espacios destinados para su exhibición y contar con una lista de precios de
fácil acceso a los consumidores”.
En
el caso de los establecimientos que expenden una gran cantidad de productos,
estas listas pueden ser complementadas por terminales de cómputo debidamente
organizados y de fácil manejo para los consumidores; con ello se garantiza el
derecho de las personas a estar debidamente informados antes de realizar su
compra, explicaron voceros de la Digemid. Estos
establecimientos tienen la obligación de
registrarse e informar oportunamente sus precios al Observatorio de Precios de
Medicamentos de la Digemid, caso contrario pueden ser sancionados -de acuerdo
al grado de su falta- con una amonestación o con multas que pueden llegar al
equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, 3,650 nuevos
soles o el cierre temporal por treinta días.
Las
farmacias y boticas, en sus locales deben poner a disposición del consumidor la
lista de precios ordenada alfabéticamente, de acuerdo a su Denominación Común
Internacional (DCI) o nombre genérico. “Los
interesados a nivel nacional también puede consultar los precios de los medicamentos
ingresando a la página web del observatorio de precios de medicamentos
http://observatorio.digemid.minsa.gob.pe/ y colocar el nombre del medicamento
prescrito”
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