El alcalde de San Bartolo, Jorge Luis Barthelmess Camino y la secretaria general del municipio María Lourdes Rueda Lescano fueron condenados a tres años de prisión suspendida. Asimismo, el primero fue inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por dos años.
La titular del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur halló culpables a los procesados del delito de falsedad ideológica en agravio del Estado. Ello por consignar información falsa durante un acuerdo de Concejo del pasado 28 de diciembre de 2006.
En el mencionado acuerdo de Concejo se acordó poner a la venta un terreno favoreciendo a su único postor identificado como Luis Alberto Alfaro Martijena. La venta no fue comunicada a la Superintendencia de Bienes Nacionales.
Durante la audiencia, el fiscal sostuvo que en la reunión de Concejo no se aprobó ninguna venta de terreno sino la creación del Lote N°61 en el sector Costa Norte Baja. El terreno se vendió pese a que la Ley 26856 conocida como Ley de Playas dispone que las zonas colindantes al mar son intangibles.
La jueza ordenó el archivamiento de la acusación por direccionamiento en la venta del terreno al alcaldes y los funcionarios Lourdes Rueda Lescano , Manuel Pedro Ruiz Blanco y Fide Luía Martínez Jáuregui
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